Resumen del Artículo Disposición adicional vigésima quinta

Artículo Disposición adicional vigésima quinta del Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación. (codigo) — Disposición adicional vigésima quinta. Gestión del conjunto de centros públicos de la Generalidad. El Gobierno debe formular las propuestas legislativas necesarias para la creación del instrumento adecuado para conseguir la máxima eficiencia en la gestión del conjunto de centros…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional vigésima quintaDisposición adicional vigésima quinta

Disposición adicional vigésima quinta. Gestión del conjunto de centros públicos de la Generalidad.

El Gobierno debe formular las propuestas legislativas necesarias para la creación del instrumento adecuado para conseguir la máxima eficiencia en la gestión del conjunto de centros públicos de titularidad de la Generalidad y favorecer su calidad.

Norma publicada: 10 de julio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigésima quinta

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